CCOO insta al Gobierno de Buñol a que «luche contra los falsos autónomos»

El sindicato denuncia que «en la industria cárnica y alimentaria instalada en la Hoya de Buñol-Chiva, hay dos realidades laborales muy distintas que afectan a los trabajadores y trabajadoras: una, quienes están amparados por la legislación laboral; y dos, a los que trabajan sin derechos laborales y que son cedidos desde la cooperativa prestando mano de obra a las empresas cárnicas y de alimentación»

Redacción.- El sindicato Comisiones Obreras ha instado al Gobierno del Ayuntamiento de Buñol a que «luche contra los falsos autónomos y contra las prácticas que favorecen este tipo de contratos«. En un comunicado al que ha tenido acceso hoyunclick.es, el sindicato quiere poner en conocimiento del consistorio la situación que viven los trabajadores y trabajadoras de Servicios Integrales de Valencia Sociedad Cooperativa Valenciana (en adelante la cooperativa).

El sindicato denuncia que «en la industria cárnica y alimentaria instalada en la Hoya de Buñol-Chiva, hay dos realidades laborales muy distintas que afectan a los trabajadores y trabajadoras: una, quienes están amparados por la legislación laboral; y dos, a los que trabajan sin derechos laborales y que son cedidos desde la cooperativa prestando mano de obra a las empresas cárnicas y de alimentación«.

CCOO recuerda que «lo legislado por los gobiernos de Felipe González y José Mª Aznar, dio píe a que proliferaran las falsas cooperativas y en ellas los falsos autónomos. Marco de legislación que favorece a los empresarios que recurren a la calificación del trabajo autónomo para eludir la aplicación del Derecho laboral y de Seguridad Social. Por ello resulta difícil de aceptar el apoyo público a empresas de economía social mediante diversos tipos de medidas (fiscales, financieras y de política de empleo) que solo sirvan para la creación de empresas que no puedan garantizar los estándares mínimos laborales«. A este respecto añaden que «esa legislación permisiva provocó que los tribunales fallasen a favor de las empresas creando una jurisprudencia que no ha ayudado tampoco a revertir la situación de trato peyorativo en el que se encuentran los cooperativistas autónomos dependientes, con pronunciamientos entre otros como la Sentencia Tribunal Supremo (Sala de lo Social), de 17 de diciembre de 2001«. 
Resumen de la sentencia: “Se estima que no hay cesión ilegal de trabajadores entre la empresa y la cooperativa de trabajo asociado”.

Comisiones señala que «ha sido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), quien sin reparos establece los criterios falsos autónomos en la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 4 de diciembre de 2014, recurso C-413/2013. Siguiendo el criterio del TJEU se han propagado las actas de inspección de trabajo sancionando el encuadramiento en el régimen de autónomos y se están abriendo paso sentencias de falsos autónomos cuando concurren, junto a las notas genéricas de trabajo y retribución, las notas específicas de ajenidad del trabajo y de dependencia en el régimen de ejecución del mismo, indicándonos que nos encontramos ante un contrato de trabajo, sometido a la legislación laboral. En este sentido es de destacar la sentencia del TS de 18 de mayo de 2018 que enjuicia un supuesto de falsa cooperativa en el ámbito del sector del transporte, pero fija una doctrina que puede considerarse como una revisión de los criterios que anteriormente mantuvo en su Sentencia de 17‐ 12‐2001, refiriendo determinados elementos a partir de los que concluir la naturaleza fraudulenta de la cooperativa y la existencia de una relación laboral directa entre la empresa principal y los falsos cooperativistas«.

El sindicato apunta que «recientemente, el gobierno ha dado un paso corto pero importante (Real Decreto 997/2018, de 3 de agosto) al reforzar los procedimientos, como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de altas, bajas y variaciones de datos practicados de oficio por la TGSS. No obstante, el gobierno no termina de legislar sobre la prohibición de este tipo de cooperativas, teniendo en cuenta que el recurso a formas societarias a veces es impulsado por las propias empresas dentro de sus estrategias postfordistas de descentralización productiva por razones de coste sociales (salarios y cargas sociales) de coste político-sindicales (menor conflictividad, no afiliación sindical ni huelgas, conflictos y negociación colectiva, dado el tipo de empresa) y de costes de gestión empresarial (mayor área de flexibilidad en las condiciones de trabajo, desregulación, dada la prevalencia de la autonomía societaria en muchos aspectos)»

Por todo ello, Comisiones Obreras solicita al Gobierno de Buñol que eleve la siguiente moción a pleno y les pide a los políticos que «el Pleno municipal rechaza la constitución de cooperativas con la finalidad de que trabajen en las mismas falsos autónomos y que su prestación de servicios sea objeto de cesión ilegal». Además, piden que «el Pleno encomienda al gobierno municipal para que se dirija a la presidencia y a la vicepresidencia de la Generalitat Valenciana, con el fin de impulsar modificaciones en la Ley de Cooperativas Valencianas, para que no tengan cabida las cooperativas que se dedican al prestamismo laboral«.

Por otro lado, demandan que «el Pleno municipal inste al ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social a modificar la legislación laboral  y de Seguridad Social, así como el Estatuto de Trabajador Autónomo, con el fin de crear un marco normativo que impida la subcontratación de trabajadores autónomos dependientes en los procesos productivos y de servicios externalizados por las empresas«. También CCOO piden al Pleno municipal que «solicite del ministerio que los cambios normativos que deban implementarse en atención al punto anterior, deben contemplar el reconocimiento de la antigüedad que corresponda de las trabajadoras y trabajadores que actualmente son objeto de cesión«.

Finalmente, Comisiones demanda «al Pleno municipal que inste al Gobierno municipal a dar traslado de esta moción a las empresas ubicadas en el término municipal, así como solicitar de las mimas para que se contrate directamente a los trabajadores respetando su antigüedad y se abstengan de hacer uso de las cooperativas de autónomos dependientes en sus procesos productivos y de servicios«.

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