¿Tu bebé ya está casi aquí? ¡Infórmate sobre su inscripción!

¿Tu bebé ya está casi aquí? ¡Infórmate sobre su inscripción!

Una vez que un bebé llega al mundo, hay que inscribirlo en el Registro Civil. De esta manera se convierte en un ciudadano con todos sus derechos y deberes, que puede beneficiarse de los servicios del Estado, como la educación o la sanidad.

Existe un plazo bastante corto para realizar la inscripción, que va desde las 24 horas de vida del niño, a los ocho días. Si se produjera algún impedimento de fuerza mayor, dicho plazo se amplía hasta los 30 días.

¿Dónde se puede realizar la inscripción de un nacimiento en el Registro Civil?

Esta inscripción se puede realizar en el lugar en el que ha nacido el bebé, o bien en Registro de la localidad en la que viven los padres, en caso de no ser la misma. De un tiempo a esta parte, también se puede hacer directamente en la mayor parte de los hospitales públicos y privados que estén dados de alta en el sistema en la Dirección General de Registros del Notariado. Para saber en qué hospitales se puede realizar la inscripción del recién nacidos, se puede consultar la página web oficial del Ministerio de Justicia.

¿Cuál es el plazo para la inscripción del nacimiento en el hospital?

En el caso de los hospitales, el plazo para tramitar la inscripción varía, siendo de 72 horas. De no hacerse en este tiempo, habrá que acudir al Registro Civil. Tan solo hay que entregar los DNIs de los padres y el certificado de nacimiento que entregan en el hospital, y firmar la solicitud.

Cuando los padres estén casados, tan solo será necesario que firme uno de ellos, aunque habrá que demostrar esta circunstancia a través del Libro de Familia o un certificado de matrimonio. De no estar casados, será obligatorio que firmen ambos.

Tras esto, el hospital enviará al Registro Civil los documentos, a través de Internet. Tras recibirlos y revisarlos, el Registro hace la inscripción del nacimiento y expide una certificación literal electrónica de la inscripción, la cual se puede descargar directamente desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Los padres recibirán un correo en el que se les indica dónde descargarla.

Casos en los que la inscripción no puede ser online

Pero hay determinados casos en los que no se puede hacer la inscripción de forma online, por ejemplo cuando los padres son menores de edad, uno de ellos ha fallecido, o cuando los dos padres son extranjeros y de diferente nacionalidad.

Resumen del proceso de inscripción

Recapitulando, para inscribir al bebé donde haya nacido, habrá que presentar el certificado médico de nacimiento, los DNIs de sus padres, y el libro de familia o certificado de matrimonio. Si los padres están casados, puede ir cualquier de ellos con el libro de familia o certificado matrimonial, y el certificado de nacimiento.

Si por el contrario ambos progenitores no son matrimonio, tendrán que ir los dos. A esto hay que añadir que en caso de que uno de ellos esté divorciado, tendrá que aportar la sentencia firme de separación o divorcio.

Finalmente, para inscribir al recién nacido donde estén empadronados los padres, será necesario presentar un certificado del hospital, en el que se indique que no se ha inscrito al niño en la localidad en el que ha nacido. El padre y la madre tendrán que ir juntos al Registro en este caso.

Javier Gázquez.
Experto en marketing ‘on line’.
Fundador de la web ‘blogtimista’

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