El Ayuntamiento de Chiva suspende de empleo y sueldo al intendente principal de la Policía

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El alcalde de Chiva, Emilio Morales, ha comunicado hoy, martes, al Intendente Principal Jefe de la Policía Local la suspensión de empleo y sueldo y el inicio de un expediente por faltas graves y muy graves.

Tras varios meses de investigación se ha incoado a este funcionario un expediente disciplinario por varios motivos. En primer lugar por no llevar a cabo la Memoria Anual del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Chiva de los años 2014 y 2015 que debía entregar a alcaldía, en segundo lugar por patrullar de paisano en vez de uniforme, sin el permiso correspondiente de alcaldía.

Otra falta grave ha sido, según el expediente, que el Intendente Principal trató en un informe que el alcalde impusiera que todos los policías del cuerpo depositaran sus armas reglamentarias, incluso las privadas, en el armero de la Policía de Chiva, tratando de llevar a confusión al esgrimir un riesgo psicosocial en vez del de aptitud psicofísica.

A esto se une que por acuerdo de Junta de Gobierno Local de Chiva de 5 de octubre de 2016 se procedió a la redistribución provisional de funciones de la Policía Local; se le notificó al Intendente Principal Jefe de la Policía Local para su conocimiento y cumplimiento y para que diese traslado, por conducto reglamentario, a toda la plantilla. Además, se le pidió al responsable de la policía que hiciese propuestas para mejorar el nuevo organigrama y las funciones asignadas, sin que hasta hoy haya efectuado ninguna.

No sólo no efectuó propuestas, sino que el Intendente Principal Jefe de la Policía Local, dictó  una orden el 27 de octubre de 2016, dirigida a todos los componentes del cuerpo de asignación de tareas a la Escala Técnica y Unidad Administrativa contraria a la orden de la Junta de Gobierno.

Falta grave

La Norma Marco sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana tipifica como falta grave “la dejación de funciones o la infracción de deberes u obligaciones inherentes al cargo o función, o los derivados de necesidades de urgente e inaplazable cumplimiento, cuando se produzcan de forma manifiesta”, y también “la emisión de informes sobre asuntos del servicio que, sin faltar abiertamente a la verdad, desnaturalicen la misma, valiéndose de términos ambiguos, confusos o tendenciosos, o la alteren mediante inexactitudes, siempre que el hecho no constituya delito o falta muy grave”. La norma también prevé como infracción muy grave “la insubordinación, individual o colectiva, a obedecer a las autoridades o mandos de quien dependen, así como la desobediencia a las legítimas órdenes e instrucciones dadas por aquéllos”.

Tres conceptos que se alegan en el decreto de alcaldía de Chiva para suspender de empleo y suelo del Intendente Principal Jefe de la Policía. La suspensión es por un tiempo máximo de 6 meses, en los que se le retira la placa y el arma, mientras se tramita el expediente.

En el mismo expediente se asegura que «no puede seguir al frente de la misma quien presuntamente desoye no solo las órdenes de la Junta de Gobierno Local de éste Ayuntamiento, sino que infringe la normativa de aplicación del modo que se ha detallado. Infracción notoria no solo ante los efectivos de la Policía Local, sino ante todo el municipio de Chiva en lo que al incumplimiento de la obligada uniformidad se  refiere».

Desde el Ayuntamiento de Chiva se ha solicitado al IVASPE (Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias) la propuesta de dos funcionarios, de la escala Superior de la Subescala de Policía Local, para su nombramiento como instructor y secretario del procedimiento.

 

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