Las nuevas medidas que entran en vigor hoy

Las nuevas medidas adoptadas para toda la Comunidad Valenciana adoptadas por  la Conselleria de sanidad y salud pública para la adopción de las medidas de prevención frente al Covid-19

Será de aplicación las siguientes medidas en toda la C. Valenciana durante un periodo de 21 días naturales desde la fecha de publicación .
1. Limitación y prevención por sectores

En materia de ocio: suspensión de actividades de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.

En materia de hostelería y restauración: establecimientos de hostelería, restauración, terrazas y bares o restaurantes de playa se asegurará la distancia física de seguridad de 1,5 metros entre las mesas

La ocupación máxima será de 10 personas por mesa

Se permite el acceso al interior y el servicio en barra con distancia física de seguridad de 1,5 metros entre clientes

Los establecimientos y servicios de hostelería y restauración deberán cerrar no más tarde de las 01:00 horas sin que pueda permitirse el acceso de nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. A partir de las 00:00 horas el consumo en el exterior de los locales se realizará exclusivamente en el espacio delimitado y autorizado para las terrazas sentados en mesa y cumpliendo los aforos previstos, no resultando por tanto posible la consumición de los productos o bebidas del establecimiento fuera del área limitativa de la terraza. Estas medidas son de aplicación todos los días de la semana incluidos los festivos.

No se permitirá el consumo colectivo o en grupo de bebidas en la calle o espacios públicos( botellón)
En materia de eventos y actividades multitudinarias en cualquier tipo de evento o actividad multitudinaria cuya afluencia se prevea superior a 400 personas además de las medidas establecidas se deberá realizar una evaluación del riesgo

2. Medidas de recomendación de restricción de agrupaciones familiares y sociales en el ámbito privado:

En espacios privados se recomienda un Máximo de 10 personas

3. Medidas adicionales de consumo de tabaco y asimilados:

No se podrá fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima Interpersonal de al menos 2 metros.

Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

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