En esta información hoyunclick.es, adjunta las versiones de las dos partes
Redacción.- La Sociedad Musical «La Artística» de Buñol ha readmitido a un socio -Francisco Carrascosa Guerrero- al que expulsó hace ahora ya dos años. Tras celebrarse un acto de conciliación antes de un juicio, hoyunclick.es pone a disposición de sus lectores las versiones de los hechos de ese acto y de la posterior readmisión de las dos partes.
Comunicado de la Sociedad Musical «La Artística»
Estimados socios: La Junta Directiva de la Sociedad Musical La Artística de Buñol desea informar a todos los socios sobre el resultado de un proceso judicial que ha involucrado a uno de nuestros miembros, el Sr. Francisco Carrascosa Guerrero.
Queremos aclarar, en primer lugar, que no se celebró juicio alguno. Antes de iniciarse la sesión del juicio, la Juez exhortó a ambas partes a llegar a un acuerdo, el cual fue formalizado y homologado judicialmente. Tanto el Sr. Francisco Blasco, en calidad de Presidente de nuestra Sociedad, como el Sr. Francisco Carrascosa Guerrero, llegaron a un entendimiento en dicha sesión. En este acuerdo, se estableció que la Sociedad Musical La Artística de Buñol deberá convocar una Asamblea en el plazo de un mes para la readmisión del Sr. Carrascosa como socio. Esto se basa en la manifestación que él mismo realizó antes de comenzar el juicio y ante la Juez, declarando de forma expresa que las expresiones que motivaron su expulsión eran meramente informativas y que no tenían la intención de insultar a nadie. Esta declaración fue clave para la resolución del conflicto.
Así, la obligación de la Sociedad Musical La Artística de Buñol de readmitir al socio expulsado, el Sr. Francisco Carrascosa Guerrero, no obedece a un allanamiento a la demanda, sino que está perfectamente fundamentada en una obligación previa del demandante. Esta obligación consistió en manifestar de forma expresa ante la Juez que las expresiones que se realizaron (refiriéndose a las que propiciaron su expulsión) eran meramente informativas y no tenían intención de insultar a nadie. Es decir, que el demandante reconoció deforma expresa y como obligación previa a la readmisión que sus declaraciones no tenían intención de insultar a los miembros y representantes de la Sociedad, lo que supone de facto una retractación de dichos insultos, en caso de que fueran considerados como tales. Además, dicha manifestación se realizó de forma expresa y previa en el acto del juicio por él mismo, lo que generó la obligación de la Sociedad Musical La Artística de Buñol de readmitirle en el plazo de un mes.
Cabe destacar que ambas partes cedieron en sus pretensiones y este acuerdo refleja el compromiso mutuo de cerrar el asunto de forma pacífica y respetuosa. No obstante, si el Sr. Carrascosa actuara en el futuro en contra de los intereses de la Sociedad, esta podría iniciar nuevamente un expediente sancionador.
Aprovechamos para reiterar que este proceso judicial ha sido resuelto sin que ninguna de las partes haya “ganado” o “perdido”, ya que se trató de una transacción que busca el beneficio de ambas partes y el bienestar de la Sociedad. Agradecemos a todos los socios su comprensión y apoyo en este proceso, y os invitamos a seguir fomentando el respeto y la unión que siempre han caracterizado a nuestra Sociedad.
Comunicado de la Familia Carrascosa
Con el debido respeto, y sin ánimo de ofender ni injuriar, la familia Carrascosa desea compartir su perspectiva sobre el desafortunado proceso de expulsión y posterior readmisión de D. Francisco Carrascosa Guerrero como socio de esta entidad, tras una resolución judicial favorable.
Este será nuestro último comunicado al respecto. Lo que exponemos no es una opinión, sino hechos documentados. Si alguien desea más información o comprobar lo que aquí decimos, estamos a vuestra disposición. Como sabéis, vivimos en el mismo pueblo y solo tenéis que solicitarnos la documentación pertinente. No obstante, creemos que el debate no debe continuar en redes sociales, pues tanto el nombre del socio como el de la Sociedad ya han sido suficientemente dañados en este doloroso proceso, uno que nosotros no iniciamos, pero que deseamos dar por concluido ahora que la vía judicial ha llegado a su fin y los acuerdos correspondientes se han cumplido.
Desde la expulsión de D. Francisco, nuestra familia se ha mantenido al margen de realizar comentarios públicos, y más aún desde que fue readmitido en la Sociedad tras el dictamen judicial. Al concluir este proceso, creímos que la situación quedaba zanjada y decidimos cerrar este capítulo. Sin embargo, tras la Asamblea Extraordinaria del pasado 21 de octubre, convocada para cumplir con las directrices judiciales, nos sorprendió que al día siguiente la Sociedad emitiera un comunicado que contenía nuevas amenazas y falsedades que sentimos la necesidad de aclarar.
Consideramos que el comunicado emitido por la Sociedad no era lo esperado y que, por nuestra parte, el tema ya estaba cerrado. No obstante, la Sociedad parece no compartir esta postura.
Es importante aclarar que no fue el proceso judicial el que afectó a uno de vuestros miembros. Fue, de hecho, un miembro (en ese momento expulsado) quien demandó su expulsión por considerarla injusta, ilegal y contraria a los estatutos, vulnerando su presunción de inocencia y causándole indefensión. El juez aceptó la demanda, lo que dio inicio a este proceso judicial, que ni deseábamos ni merecíamos.
El 10 de septiembre de 2024, casi dos años después de la expulsión, se celebró en el Juzgado de Requena una reunión previa a la vista judicial. Según el comunicado de la Sociedad, el socio estaba obligado a retractarse. Sin embargo, esto es falso. Aportamos el siguiente fragmento literal del Auto judicial:
“La Sociedad Musical La Artística de Buñol celebrará en el plazo de un mes una Asamblea que tendrá por objeto la readmisión del actor D. Francisco Carrascosa Guerrero, quien manifiesta que las expresiones que se realizaron eran meramente informativas y no tenían intención de insultar a nadie”.
Como se puede leer, el socio no se retractó, simplemente aclaró que su intención era informar y no insultar. Además, la Sociedad nunca formuló tal pregunta durante los seis meses de instrucción del expediente ni en los dos años de espera previos a la reunión.
Queremos subrayar que la decisión de no llevar el caso a juicio fue exclusivamente de D. Francisco Carrascosa Guerrero, quien, al obtener lo que solicitaba en la demanda (su readmisión), decidió dar por concluido el proceso judicial siguiendo el consejo de su abogado. Si la Sociedad consideraba que el expediente estaba correctamente gestionado y que existían injurias, habría sido tan sencillo como no conceder la readmisión y seguir adelante con el juicio. No lo hicieron.
Creemos que, en este caso, no hay ganadores. Todos hemos perdido. La Sociedad, al verse involucrada en un proceso judicial por primera vez en su historia debido a una expulsión ilegal. Y nuestra familia, que ha sufrido durante todo este tiempo, especialmente D. Francisco, quien ha sido injustamente señalado y ha padecido problemas de salud a raíz de este conflicto.
Esperábamos que alguien asumiera la responsabilidad por lo ocurrido, pero sabemos que es pedir demasiado. Hasta la fecha, no hemos recibido ni una disculpa por el daño causado a nuestra familia ni al nombre de la Sociedad. A pesar de ello, seguimos esperando que se haga justicia en términos de reconocimiento y disculpas.
RESPUESTA A COMUNICADO OFICIAL DE
LA SOCIEDAD MUSICAL LA ARTISTICA DE BUÑOL
Estimados Socios.
Junta Directiva de la Sociedad Musical La Artística de Buñol
Con el único ánimo de comunicación e información, con total respeto para todos y sin voluntad de injuriar a nadie, me dirijo a ustedes a titulo personal para decirles:
Es de agradecer que la Sociedad Musical La Artística de Buñol haya “deseado” informar a los Socios con su comunicado y por Facebook públicamente, del proceso judicial en el que nos hemos enfrentado, yo como Socio demandante y mi Sociedad (aunque esta como Entidad no lo merezca, ya que ella no actúa por si sola), representada por su Presidente y Junta Directiva, como demandada.
No se celebró juicio alguno, y… ¿saben por qué?… porque yo, como demandante, no quise. Como demandante, la decisión de juicio o no juicio la tenía que tomar yo. Y fui preparado para juicio, con mis cuatro testigos con citaciones. El sr. Presidente, curiosamente, acudió totalmente sólo, sin testigos y sin compañía alguna, representando a la Sociedad.
Antes de iniciarse el juicio (o no juicio) no hubo comunicación alguna, ni acuerdo, entre el Presidente y yo. Fueron nuestros abogados los que hablaron y acordaron por nosotros. Después ambos abogados, ellos solos, se reunieron con la Juez para homologar el acuerdo, y una vez hecho nos hicieron entrar en Sala a los dos para confirmar el acuerdo. La Juez se explicó y leyó los términos del acuerdo. Yo se lo hice leer dos veces, ya que era el primero que, como demandante, tenía que dar el sí o el no a dichos términos. Después de la segunda lectura, y habiendo procesado un poco más sus términos, decidí ir a Juicio. Fue entonces cuando mi abogada me recordó lo que habíamos hablado antes de entrar en Sala, y pidió a la Juez una tercera lectura. En ese corto espacio de tiempo, y por respeto a mi abogada y a la Juez, e incluso a la parte contraria, cambié mi veredicto y dije si a la homologación.
¿Fue así, señor Presidente?
Pues si fue así, porque así fue, ya está todo explicado.
Yo no obligué con nada a la Sociedad para mi readmisión. Fuimos las dos partes y la Juez los determinantes del final del proceso. Y en el texto aprobado del Acuerdo no consta que yo me retracte de mis expresiones, sino que se admite en el Acuerdo que “estas expresiones eran meramente informativas y no tenían la intención de insultar a nadie”.
Pero repito, no me he retractado de nada, ya que nada se ha juzgado porque yo no quise. Recordar lo que en la solicitud final de mi demanda pido: “que se declare la nulidad del acuerdo de perdida de condición de Socio del demandante, adoptado en Junta General Extraordinaria de fecha 27-11-2022, por no ajustarse ni a los Estatutos ni al Ordenamiento jurídico vigente, dejándolo sin efecto y anulando la sanción impuesta, condenando a la demandada a estar y pasar por ésta sentencia admitiendo a Francisco Carrascosa Guerrero nuevamente como socio de pleno derecho y al pago de las costas causadas y que se causen en este procedimiento”.
Esta era mi petición en el caso de haber juicio. Bien distinto del acuerdo con el que se ha terminado. Reitero: no hubo juicio porque yo no quise. Y si ustedes quieren que lo haya, pues como ustedes tantas veces dicen…demándenme.
Y si en su Comunicado Oficial subyacieran indicios de amenaza a mi persona de un nuevo expediente sancionador… ¿Es de suponer que a cualquier otro socio, no?… Señores, están haciendo un comunicado oficial a los Socios, no a mi sólo. Vaya manera de intentar una reconciliación, como así parece ser.
En este proceso judicial ha habido un solo “Ganador-Perdedor”, ambas cosas a la vez, y considero que ese título recae sobre mi persona.
Ganador: porque he conseguido mi readmisión aunque haya sido forzada y dictada por una Juez, una Juez de las de verdad. Y además sin juicio.
Perdedor: porque han sido casi dos años de los peores de mi vida con una dura carga social sobre mis espaldas y las de mi familia. Algo que no tiene precio, al lado de lo que puedan suponer las costas que cada parte pagará.
Las mías, seguro que mi bolsillo.
¿Quién pagará las costas por parte de la Sociedad ?…
Agradezco a todos aquellos socios y personas que me hayan concedido su apoyo, su empatía y su solidaridad en este proceso por la parte que me toca.
Invito a esta Sociedad, a sus dirigentes y socios, a fomentar el respeto mutuo a todos sus socios, directivos, músicos y trabajadores, algo que hasta hace unos años, pero espero que hasta siempre, nos ha caracterizado a LOS FEOS.
Una vez contestado con esto al Comunicado Oficial difundido, será este escrito público el ultimo por mi parte, dando como finiquitado este desagradable proceso, por el bien de todos y sobre todo de la Sociedad.
La Sociedad queda, las personas cambian.
Atentamente
Francisco Carrascosa Guerrero